Reincidencia en Pesca Ilegal: Impactos en la Comunidad y la Cultura Artesanal

14/11/2024

Escuchando las olas de cambio en la pesca artesanal

En un hito para la pesca artesanal, el patrón de una embarcación encuentra su brújula jurídica redirigida por la Corte de Apelaciones de Coyhaique. Tras una inspección del Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura (Sernapesca), este marino experimentado encara una marea de sanciones por pesca no autorizada y falta de cooperación con las autoridades reguladoras.

El comienzo de este relato fluye en los txokos administrativos del Juzgado de Letras y Garantía de Puerto Aysén. En la primera redada burocrática, la multa impuesta no contemplaba que el infractor siembra vientos de reincidencia. Sólo fue gracias a la astuta intervención de Sernapesca que se hizo remolinos alzando un recurso de apelación ‘ojo al lobo’ para recalcar el historial repetitivo de este agente marinero.

«Cuando el hábito hace al monje pescador, la ley pesa a doble ancla»

Enarbolando el artículo 108 A de la Ley General de Pesca y Acuicultura como faro orientador, la Corte de Apelaciones de Coyhaique navegó por el caudal legal para reafirmar el concepto de reincidencia. Esta poderosa cláusula náutica ‘ola a ola’ define la reincidencia como un eco indeseado de infracciones a la ley o las medidas de administración pesquera en un lapso de dos años desde la ejecución de un fallo anterior. Según las corrientes jurídicas, este patrón de conducta invita a duplicar las sanciones.

El efecto dominó de esta resolución sumó total de $799.536 pesos a ser ingresados en la caja de multas en un plazo de 10 días, contados desde el 5 de noviembre.

Daniela Leiva, como directora regional de Sernapesca Aysén, se sumergió en la columna de opiniones, comentando acerca del fallo: «La decisión de la Corte refuerza el aumento de sanciones frente a infractores recurrentes, con el prisma de proteger los recursos marinos y garantizar el cumplimiento de la normativa pesquera. Jalonando las riendas como ente fiscalizador, insistiremos en marcar el rumbo normativo de la actividad pesquera en nuestra región.»

No es despreciable en el cuadro de la trama, que este fallo genera un precedente para futuras decisiones. Amén de que se trata de un incumplimiento directo al acuerdo de zonas contiguas, dado que la embarcación es fila de Calbuco, Los Lagos, y fue descubierta en plena danza de red en aguas de la región de Aysén sin el acompañamiento de la debida autorización.

Como cierre de este relato acuático, este caso instaura en el panorama pesquero una firme advertencia y un curso preciso hacia la responsabilidad y cumplimiento de las normas que protegen nuestros mares.

Artículo escrito por: Aqua, lea el artículo original.

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